INE ordena seguir realizando eventos como Coordinadora a puerta cerrada y con militancia

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió,
por unanimidad de votos, la solicitud de cinco medidas cautelares por actos
anticipados de precampaña y campaña, supuesto uso indebido de recursos
públicos, vulneración al interés superior de la niñez y posible transgresión a los
principios de imparcialidad y equidad en la contienda.

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Jorge Álvarez Máynez
denunciaron a Claudia Sheinbaum Pardo y al partido Morena, así como a su
dirigente Mario Delgado Carrillo, con motivo de la gira denominada “La Esperanza
nos une”, celebradas en Puebla, Tamaulipas, Tlaxcala, Guerrero, Estado de
México, Hidalgo, Nayarit, Jalisco y Colima.

La Comisión determinó procedente otorgar medidas cautelares, en su vertiente de
tutela preventiva, a efecto de ordenar la suspensión de la gira “La Esperanza nos
une”, así como cualquier otro evento con características similares, hasta en tanto
inicie la precampaña electoral, al existir un riesgo real de afectar gravemente la
equidad de la contienda electoral.

También ordenó suprimir 44 publicaciones en redes sociales que podrían constituir
posibles actos anticipados de precampaña, y negó retirar aquellas en las que no
se advirtió posicionamiento relacionado con el actual Proceso Electoral Federal
(PEF) 2023-2024 y por tratarse de notas informativas amparadas en el quehacer
periodístico.

No obstante, la Comisión precisó que, conforme al derecho de autoorganización
de los partidos políticos, Morena y Claudia Sheinbaum Pardo se encuentran en
aptitud de realizar las actividades y funciones que tiene encomendadas como
“Coordinadora de Defensa de la Cuarta Transformación”, siempre que se cumplan
los parámetros establecidos en el Acuerdo.

Procedente retirar materiales de Xóchitl Gálvez publicadas en redes sociales
El partido político Morena denunció un video alojado en la cuenta de YouTube del
Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en el Senado, así como
un video publicado en la red social Facebook de Xóchitl Gálvez Ruiz, ya que, a
decir del quejoso, se posiciona de manera anticipada ante los electores.

De un análisis preliminar, la Comisión consideró procedente su retiro, ya que las
publicaciones denunciadas no tienen cobertura legal, pues se advierten
referencias claras y directas al PEF, a la renovación de la Presidencia de la
República, así como propuestas, lo que pudiera constituir actos anticipados de
campaña y posible vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la
contienda.

Ahora bien, por presunta vulneración al interés superior del menor de edad, se
denunció un video en la cuenta personal de YouTube de la Senadora Bertha
Xóchitl Gálvez Ruiz en el que aparecen personas presuntamente menores de
edad.

Al respecto, se dictó la medida cautelar mediante la cual se ordena la eliminación
del video denunciado, porque no se presentó la documentación y consentimientos
necesarios para demostrar la autorización para incluir la imagen de las personas
menores de edad.

En el mismo sentido, se decretó la tutela preventiva para que en las publicaciones
que realice por cualquier medio Xóchitl Gálvez Ruiz, en las que aparezcan
personas menores de edad, dé cumplimiento cabal a los Lineamientos Generales
para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Propaganda y
Mensajes Electorales y/o edite las imágenes o videos de manera que no sean
identificables las personas menores de edad que en ellos aparezcan.

Ordenan retirar publicaciones por violencia política en razón de género
Respecto al asunto en el que se denuncian hechos atribuibles a Mario Delgado
Carrillo, dirigente del partido político Morena e Ignacio Mier Velasco, Coordinador
del Grupo Parlamentario del mismo instituto político en el Congreso de la Unión, la
Comisión determinó devolver el proyecto de acuerdo, con la finalidad de que la
Unidad Técnica realice mayores diligencias.

En otro asunto, se ordenó a la red social X retirar cuatro publicaciones que podrían
generar un impacto desproporcionado a una Diputada Federal, desde una
perspectiva preliminar, se estimó que las mismas podrían constituir violencia
verbal/escrita, simbólica, sexual y psicológica, toda vez que se devalúa la imagen
de la denunciante como legisladora federal y se invisibilizan sus capacidades
como mujer para ejercer un cargo de elección popular, al referirse no a cuestiones
de relevancia pública o vinculadas con su función como legisladora, sino a
cuestiones del ámbito personal.

En cuanto a siete publicaciones denunciadas, la Comisión no observó que las
mismas se encuentren sustentadas en elementos de género dirigidos a
menoscabar sus derechos político-electorales como mujer legisladora;
contrariamente, se trata de cuestionamientos o críticas severas relacionadas con
tópicos de interés público y forman parte del debate.

Finalmente, se presentó escrito de queja por una publicación en la red social X
presuntamente realizado por Brenda Jimena de la Mora López, integrante de la
Coordinación Ciudadana Estatal del partido Movimiento Ciudadano (MC) en
Guanajuato y la culpa in vigilando, por actos discriminatorios, denigrando y
descalificando el desempeño político de una diputada.

Desde una óptica preliminar, se consideró que podría actualizar violencia sexual,
simbólica y psicológica, al contener una expresión y/o comentario ofensivo que
refuerza estereotipos de género, pues intenta nulificar su trayectoria, cargo y
capacidad para contender por el mismo, transgrediendo el libre ejercicio de un
derecho político-electoral, en la vertiente de participación política; en
consecuencia, se determinó procedente la medida cautelar y se ordenó a la
denunciada y a la red social suprimirla de inmediato.

Las denuncias sobre el probable uso de recursos públicos, promoción
personalizada y la culpa in vigilando atribuida al PAN y MC serán analizadas en el
fondo del asunto por parte de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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